Sesión Informativa HABILITACIONES DE LAS PERSONAS CUIDADORAS, GEROCULTORAS Y AUXILIARES DE AYUDA A DOMICILIO

Sesión Informativa HABILITACIONES DE LAS PERSONAS CUIDADORAS, GEROCULTORAS Y AUXILIARES DE AYUDA A DOMICILIO

Fecha de inicio
26/09/2019

Fecha de fin:
26/09/2019

Lugar:
Centro Cívico y Social

Categoría:
#Bienestar Social #Ciudadanía #Empleo

El Ayuntamiento de Castilleja de la Cuesta organiza una nueva sesión informativa dirigida a aquellas personas que quieran seguir trabajando como cuidadores/as, gerocultores/as y auxiliares/as de ayuda a domicilio y necesiten estar habilitadas, según la resolución de 10 de julio de 2018, conjunta de la Dirección-Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía y de la Secretaría General de Servicios Sociales, por la que se establecen los requisitos de acreditación de la cualificación profesional y de las habilitaciones de las personas cuidadoras, gerocultoras y auxiliares de ayuda a domicilio, y por la que se regula y convoca el procedimiento de las habilitaciones (BOJA núm. 136, de 16 de julio de 2018).

El plazo de inscripción para aquellas personas interesadas será del 9 al 20 de septiembre. La sesión informativa tendrá lugar el 26 de septiembre, a partir de las 12.00 horas, en el Centro Cívico y Social.

 

¿QUÉ ES Y PARA QUÉ SIRVE LA HABILITACIÓN EXCEPCIONAL?

Es un procedimiento extraordinario destinado a personas cuidadoras, gerocultoras y auxiliares de ayuda a domicilio que no disponen de título o certificado de profesionalidad que acredite su cualificación profesional y que a fecha 31 de diciembre de 2017 acrediten una experiencia laboral de al menos 3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en los últimos 12 años (del 01/01/2006 al 31/12/2017) en la categoría profesional correspondiente, o sin alcanzar el mínimo de experiencia exigida, hubieran trabajado y tengan un mínimo de 300 horas de formación relacionada con las competencias profesionales que se quieran acreditar en el mismo periodo.

Sólo se tendrá en cuenta la experiencia que conste en la vida laboral relativa a la categoría para la que se solicita la habilitación. Asimismo, cuando la experiencia de la persona solicitante sea únicamente posterior al 1 de enero de 2016, no se valorará ni la experiencia ni la formación y será considerada como persona solicitante de la habilitación provisional. Esta habilitación tiene una validez de ámbito estatal, pero no es equivalente a un título académico ni a un certificado de profesionalidad. Permite seguir trabajando en la categoría profesional para la que se obtenga hasta la finalización de la vida laboral.


¿QUÉ ES Y PARA QUÉ SIRVE LA HABILITACIÓN PROVISIONAL?
Es un procedimiento extraordinario destinado a personas cuidadoras, gerocultoras y auxiliares de ayuda a domicilio que no disponen de título o certificado de profesionalidad que acredite su cualificación profesional y que, habiendo trabajado con anterioridad al 31 de diciembre de 2017 (al menos un día), no reúnan los requisitos para la habilitación excepcional.

Se recuerda que sólo se tendrá en cuenta la experiencia que conste en la vida laboral relativa a la categoría para la que se solicita la habilitación. Asimismo, cuando la experiencia de la persona solicitante sea únicamente posterior al 1 de enero de 2016, no se valorará ni la experiencia ni la formación y será considerada como persona solicitante de la habilitación provisional. La habilitación provisional está condicionada al compromiso, mediante declaración responsable, a participar en los procesos de Acredita que se realicen desde el ámbito estatal o autonómico, o a realizar la formación vinculada a los correspondientes certificados de profesionalidad o títulos de formación profesional, a fin de obtener el título que acredite su cualificación profesional hasta el 31 de diciembre de 2022, incluido.

En el caso de no cumplir con este compromiso, la habilitación provisional dejará de tener efectos. En caso de solicitar la habilitación excepcional y no acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos para la misma, la persona solicitante será considerada como persona solicitante de la habilitación provisional. Esta habilitación tiene una validez de ámbito estatal, pero no es equivalente a un título académico ni a un certificado de profesionalidad.


Permite seguir trabajando en la categoría profesional para la que se obtenga hasta el 31 de diciembre de 2022.