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Oficina de Atención a la Dependencia

OFICINA MUNICIPAL DE ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA

Tras la puesta en marcha de la conocida “Ley para la autonomía personal y atención a la dependencia”, desde nuestro municipio se quiere facilitar el acceso a la información y asesoramiento de la misma a través de  LA OFICINA MUNICIPAL DE ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA.

·    UBICACIÓN: Instalaciones del Ayuntamiento del municipio, C/ Convento, 8

·    HORARIO: De 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.
                         De 17:00 a 19:30 horas, martes y jueves.

     TELEFONO: 954-164544 EXT. 227

·    Personal De La Oficina:

-    La Trabajadora Social del Municipio, la cual le informará y asesorará a cerca del proceso para la solicitud del grado de dependencia y las prestaciones que ofrece la ley.
-    Un Valorador de la Junta de Andalucía, exclusivo para valorar a través del BAVD, a los vecinos/as del municipio  que  así lo soliciten.

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·    Catálogo de Servicios:
Desde la oficina municipal de atención a la dependencia se ofrece a los vecinos y vecinas del municipio:
-    Información y Asesoramiento a cerca del proceso de solicitud del grado de dependencia.
-    Cumplimentación y tramitación de la solicitud del grado de dependencia.
-    Seguimiento personalizado del proceso de reconocimiento del grado de dependencia.
-    Valoración del grado de dependencia.

·    Unidad De Estancia Diurna Y Nocturna.
Desde nuestro municipio, próximamente se pondrá en funcionamiento está unidad de estancia diurna y nocturna, beneficiando tanto a los vecinos y vecinas del municipio como a los/as solicitantes de la ley de dependencia,  pues será este Centro de Día y Noche, uno de los recursos fundamentales para la misma.

·    Personas Beneficiarias
La oficina municipal de atención a la dependencia tiene abiertas sus puertas para atender a todos los vecinos y vecinas que así lo precisen.
·    Grados De Dependencia
La ley 39/2006, de 14  de diciembre de 2006, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, recoge que:
-    Gran Dependencia: cuando la persona necesita ayuda indispensable de otra persona de forma continuada y permanente para realizar las actividades básicas de la vida diaria por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial.
-    Dependencia Severa: cuando la persona necesita ayuda para realizar las actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no precisa el apoyo permanente de otra persona que le cuide.
-    Dependencia Moderada: cuando la persona necesita ayuda para realizar las actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día.

·    Calendarización:
Durante el año 2007 serán atendidas las personas valoradas con gran dependencia. A partir de 2008, los servicios y ayudas se irán prestando paulatinamente a personas con dependencia severa y moderada. En 2015 se habrá implantado en su totalidad el Sistema de Dependencia.

Desde el municipio de Castilleja de la Cuesta, la Delegación de Bienestar social está apostando decididamente por la Ley de promoción de autonomía y atención a las personas en situación de dependencia.


Contacto: oficinadependencia@castillejadelacuesta.es

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