Ayudas a jóvenes para poner en marcha proyectos empresariales

ayuda-jovenesIAJ

Ayudas a jóvenes para poner en marcha proyectos empresariales

#Empleo #Juventud 07/05/2019

En el BOJA del pasado 26 de abril de 2019, se publicó la convocatoria de ayudas a jóvenes andaluces o residentes en Andalucía para poner en marcha proyectos empresariales. El plazo de presentación de solicitudes  estará abierto hasta el próximo dia 27 de mayo.

Estas ayudas forman parte de la línea de subvenciones 'Innovactiva 6.000', orientada a financiar los gastos para la puesta en marcha de proyectos empresariales promovidos por jóvenes de hasta 35 años inclusive, y a apoyar una inversión en inmovilizado de un máximo de 6.000 euros, sin que sea necesario que el solicitante aporte ninguna cantidad.

A esta línea de subvenciones podrán acogerse jóvenes andaluces o residentes en Andalucía con formación académica universitaria o de ciclo formativo de grado medio o superior que presenten un proyecto que deberá ser avalado por un informe de viabilidad realizado por la Fundación Pública Andaluza 'Andalucía Emprende', a través de Red de Centros de Apoyo al Desarrollo Empresarial (CADE), en este caso el CADE de Tomares.

Las ayudas se podrán solicitar para:


1.- Constituir empresas con alguna de las siguientes formas jurídica societaria (Sociedad Anónima, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad de Responsabilidad Limitada Nueva Empresa, Sociedad Laboral o Sociedad Cooperativa). En este caso, el solicitante deberá contar con, al menos, un socio que también deberá cumplir el requisito de edad, es decir tener hasta 35 años, incluisive. En esta línea serán subvencionables las actuaciones encaminadas a la constitución de las empresas (Registro y Notaria) y también aquellas inversiones encaminadas a la puesta en funcionamiento de la actividad empresarial tales como la adquisición de equipos informáticos, mobiliario e inmovilizado material e inmaterial, como: licencias de software, software, dominios web, maquinaria, leasing, propiedad industrial, obras de adaptación y mejora de infraestructura propia o elementos de transporte. Están excluidas las aportaciones para constituir el capital inicial de la empresa.


2.- Para constituirse como empresario o profesional autónomo. En esta línea sólo serán subvencionables las actuaciones encaminadas a financiar los gastos de inversión necesarios para la puesta en funcionamiento de la actividad tales como la adquisición de equipos informáticos, mobiliario e inmovilizado material e inmaterial, como: licencias de software, software, dominios web, maquinaria, leasing, propiedad industrial, obras de adaptación y mejora de infraestructura propia o elementos de transporte. Los solicitantes de esta línea, deberán acretidar que no han estado dados de alta en el régimen especial de autónomos durante el año inmediatamente anterior a la fecha de entrada en vigor de la convocatoria.


En ambas líneas los gastos subvencionables deberán tener naturaleza de gastos de inversión, no pudiendo ser subvencionados gastos de naturaleza corriente, como cuotas de la seguridad social, sueldos o retribuciones.


Las solicitudes se presentarán en el Anexo I, que se publica en BOJA, junto con la convocatoria. El solicitante deberá reflejar una fecha de inicio de los trámites de constitución de la empresa, o de la constitución como autónomo, que deberá estar comprendida entre el día de entrada en vigor de la convocatoria, al día siguiente de la publicación de ésta en el BOJA, y el último día del año 2019. A partir de esa fecha, el solicitante tiene seis meses para constituir la empresa con forma jurídica societaria, o tres meses para  constituirse como empresario individual  autónomo e iniciar la actividad empresarial.

No podrán solicitar estas ayudas aquellas personas que hayan sido beneficiarias de las mismas en convocatorias anteriores, aunque hubieran renunciado a ella una vez concedida.

 

PLAZO DE INSCRIPCIÓN:
→ del 27 de abril al 27 de mayo de 2019

LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
→Presencial:     Registro   de   la   Dirección   Provincial   del   Instituto   Andaluz   de   Juventud
(C/ Maese Rodrigo, 1 - Sevilla)
→Telemática:     Ventanilla   Electrónica   de   la   Administración   de   la   Junta   de   Andalucía
https://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/veauni_vea-web/faces/vi/
procedimientos.xhtml

Instrucciones para cumplimentar el Anexo I:
http://www.juntadeandalucia.es/institutodelajuventud/export/sites/patiojoven/contenidos/
Programas_actuaciones/documentacion_migracion/INSTRUCCIONES-PARA-CUMPLIMENTAR-
ANEXO-I.pdf


 

 
ayuda-jovenesIAJ